Delito de opinión

31.10.2013 19:06

Delito de opinión

Según el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “todo individuo tiene el derecho a la libertad de opinión y de expresión, incluyendo el derecho a no ser molestado por sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Pero estos procesos de opinión contra funcionarios públicos por parte del periodista a través de los medios de comunicación, el Estado viola sus derechos, de libre asociación y de libre expresión, por considerarlos “calumnias”, a una persona que supuestamente le sirve y le entrega su trabajo de buena forma y honestamente a la sociedad.

Entretanto, para la Legislación Nacional e Internacional, ese derecho fundamental de todo individuo, a diario “se persigue, se ataca, se amenaza, se intimada y se encarcela a todo aquel que cuestione o piense diferente a la política oficial”.

Pongámonos serios, es negro es blanco, es delito o no es delito decir en un puñado de letras lo que uno siente por un funcionario público, que como dice y apoyo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “quienes ocupan cargos públicos deben aceptar, en mayor grado, su exposición a la crítica pública”, o entonces ex congresista Leonor Serrano de Camargo, para qué asumimos esa responsabilidad. Nadie la obligó a usted hacer congresista, usted solita se metió en ese chicharrón.

Y si lo dice la Declaración Universal y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que es permisible que el comunicador Luis Agustín González del diario Cundinamarca Democrática, el cual es su director, puede reflejar en sus escritos el descontento ante la ex congresista Camargo, porque es una funcionaria pública.

Entonces, el supuesto delito por injuria, del que fue denunciado el comunicador por parte de Camargo,  luego de que él publicara una editorial en la que cuestiona a la ex congresista, por sus dudosas aspiraciones políticas, en su departamento, fue absuelto de la pena que le habían hacinado inicialmente, pero deberá afrontar una condena de 18 meses en prisión y una multa de 18 salarios mínimos mensuales, por expresar su opinión.

Esta condena es muy preocupante, porque él no es único afectado, es toda la libertad de expresión la que se ve implicada en este hecho que me genera indignación, porque una vez más estos señores y señoras, honorables para la mayoría de la población colombiana, ganan la pelea.

 

Exsenadora Camargo, denunciada por aspiraciones políticas. Foto, Diego López.

Referencias

https://www.elespectador.com/opinion/editorial/articulo-330508-el-delito-de-opinion

https://www.eluniversal.com.co/cartagena/nacional/corte-suprema-absuelve-al-periodista-luis-agustin-gonzalez-por-delito-de-injuria-

https://www.cjlibertad.org/index.php?option=com_content&view=article&id=222:isabe-usted-que-es-el-delito-de-opinion&catid=57:porelderechoadefenderlosdh&Itemid=93